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Antecedentes de la zona
I. Antecedentes de la zona
Costa Rica tiene una vida silvestre
incomparable y única en el mundo que encierra
un 5% de la biodiversidad de todo el planeta (García
1996). Este pequeño país de tan solo
51000 km2, posee más de 850 especies de aves,
un aproximado de 210 especies de mamíferos
(Boza et al 1981) y más de 300 especies de
anfibios y reptiles.
La gran biodiversidad de nuestro país
obliga al Estado a tomar medidas para la protección
de zonas consideradas de importancia para el mantenimiento
de esta riqueza. Durante los años 70s se inician
los procesos para consolidar el Servicio de Parques
Nacionales y durantes este periodo se declara una
gran cantidad de áreas silvestres protegidas
que equivalen a más del 20% del territorio
nacional. Actualmente con las nuevas tendencias de
participación comunitaria en los procesos de
conservación surge la necesidad de protección
de bosques y ecosistemas mediante un nuevo enfoque
que promete extender los esfuerzos conservacionistas
más allá de las fronteras de Parques
Nacionales y Reservas públicas. Se pretende
comprometer a la sociedad civil en las labores de
protección e investigación de las zonas
naturales de las que dependen para sobrevivir (Tavares,
2001).
El tema de los humedales cobra relevancia
mediante diversas iniciativas emprendidas. Se ha llegado
a determinar que este tipo de ecosistema abarca cerca
de un 5% del territorio nacional. Estos espacios en
que el agua es el principal factor que regula las
relaciones entre los diversos factores ambientales,
son considerados ecosistemas de invaluable potencial
ecológico. Dentro de esta categoría
se encuentran, entre otros, manglares, esteros, bosque
anegado, pantanos, llanuras de inundación,
lagos, lagunas y arrecifes. En Costa Rica, varias
zonas que incluyen humedales han sido reconocidas
por su trascendencia ambiental, económica e
importancia internacional (Solano 2002). Siete humedales
han sido denominados como Sitios Ramsar o humedales
de importancia internacional en nuestro país.
El Refugio Nacional de Vida Silvestre
Caño Negro (RNVSCN) es declarado como sitio
Ramsar según la Convención Ramsar el
2 de abril de 1991. Esta zona protegida es un sitio
de refugio para una altísima diversidad de
fauna y flora amenazada y un sitio de importancia
internacional para la conservación como fuente
de alimentación para muchas especies principalmente
de aves migratorias.
Ubicado en la región Norte,
las zonas aledañas al RNVSCN han sufrido una
acelerada transformación de las zonas de bosque
natural a través de las últimas décadas.
Según Klein y Pelz (1994) y COSEFORMA (1995),
las áreas boscosas solo cubren poco más
del 25% de toda la región. Los restantes pertenecen
a otros usos, sobre todo a la actividad agropecuaria.
El RNVSCN se encuntra en una las últimas áreas
compuestas por parches boscosos.
El RNVSCN es declarado como área
protegida por el gobierno costarricense el 4 de enero
de 1984 según el Decreto Ejecutivo Nž 15120-MAG.
Este constituye una de las zonas de vital importancia
para el mantenimiento de la calidad ambiental del
Noreste de Costa Rica. Este sistema de lagunas someras
de agua dulce es el de mayor tamaño en la zona
norte y sirve como regulador de inundaciones y sostén
del caudal de varios ríos navegables de la
zona (Ruiz 1995).
Teniendo esta categoría de
manejo se prevé que el Estado lo administre
de forma de mantener las características ecológicas
del mismo y, de esa manera, mantener las funciones
ecológicas e hidrológicas esenciales
que redundan en última instancia en sus “productos,
funciones y atributos”. La Convención
de Ramsar ha desarrollado herramientas de trabajo
para monitorear las características ecológicas
y elaborar planes de manejo/gestión de los
humedales de importancia internacional. (Resolución
VII.10). por lo que es importante que los procesos
de planificación y manejo de este sitio se
lleve a cabo de manera de garantizar que los posibles
impactos adversos provocados por las prácticas
de uso de la tierra en las zonas adyacentes o comprendidas
en la cuenca de drenaje sean objeto de reglamentación
y monitoreo adecuados para garantizar que no se comprometan
las características ecológicas del sitio
Ramsar, además es indispensable un sistema
de monitoreo para determinar su conservación
a largo plazo.
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